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2/6/20

Abuso Sexual En El Instituto Medalla Milagrosa: Sobre Las Declaraciones En Cámara Gesell y Las Pericias Psicológicas De Parte


Trataremos en este artículo algunos aspectos relacionados con nuestra actuación pericial por la defensa de un profesor que fue imputado en una causa por el delito de Abuso Deshonesto.

En primer lugar haremos un breve resumen de la sucesión de los acontecimientos, cuya descripción también puede encontrarse en las publicaciones periodísticas y en algunos videos de varios canales de TV.

A mediados del mes de Agosto de 2014 el tradicional colegio “Medalla Milagrosa” de esta ciudad apareció conmocionado por un supuesto hecho de abuso sexual: Los padres de los alumnos del jardín de infantes señalaban a un profesor de educación física como el autor de reiterados actos abusivos cometidos en perjuicio de 25 niños de entre tres y cuatro años de edad.

Antes de continuar, resulta importante informar al lector que, luego de un sobreseimiento que fue apelado por la fiscalía de instrucción y después de cinco años, el imputado fue absuelto el 27 de Junio de 2019 por el Tribunal Oral En Lo Criminal y Correccional N° 26.

La revelación de los supuestos abusos se había originado en un diálogo entre una de las alumnas y su niñera, para luego difundirse a los otros padres por medio de un mensaje de alerta vía Whatsapp. Este mensaje los instaba a interrogar a los niños acerca del profesor, quien había sido señalado como un abusador que realizaba actos exhibicionistas y promovía el desarrollo de juegos con connotaciones sexuales con los menores.

Los interrogatorios no se hicieron esperar, y los resultados no hacían otra cosa más que confirmar y ampliar el relato original. Así es que los abusos pasaron a incluir, en algún caso, amenazas y un golpe en la cara de uno de los niños; en algún caso también se sumaba una penetración digital anal; juegos en los que se invertían los roles entre los niños y las niñas; manoseos diversos; otros juegos con un sorbete con el que el niño debía tomar algo; además de que el profesor se bajaba los pantalones, indicando también alguno de los niños que también se bajaba la ropa interior.

Así como comenzaban a sucederse las respectivas denuncias en la Fiscalía, también comenzaba la difusión mediática del caso con largas entrevistas a los padres de los menores en canales de televisión, asambleas en el establecimiento, acusaciones hacia directivos y maestras del colegio, carteles pegados en las paredes del instituto, cortes de avenidas, difusión de imágenes del profesor en las redes sociales y en algunos canales de TV, daños a su vehículo, y algún familiar que también resultó intimidado en alguna oportunidad. Así fue que el imputado debió realizar varias denuncias en la jurisdicción de San Martín como consecuencia de ello.

El rápido avance del relato mediático también parecía agregar otros ingredientes: Se indicaba que el presunto abusador se encontraba prófugo, que se había rapado y afeitado la barba y que solía ser visto en las inmediaciones de una estación de ferrocarril. Al menos esto era lo que indicaban las investigaciones promovidas por uno de los padres, las cuales también revelaban que el imputado ya tenía varias causas por el mismo delito y que en realidad carecía del título de profesor requerido para el ejercicio de su actividad.
En un canal de televisión otro padre también señalaba que existían lesiones físicas en algunos niños, lo cual parecía proporcionar una mayor certeza al relato de los acontecimientos. Se indicaba también la existencia de un trauma en los niños, aclarando que sin embargo algunos lo habían tomado como un juego, argumentación sobre la que hablaremos más adelante.

Las denuncias realizadas contra el profesor habían determinado una orden de captura, pero la detención no se concretó como consecuencia de una oportuna apelación interpuesta por su abogado defensor. No obstante ello, a los pocos días, el imputado se hizo presente en la Fiscalía de Instrucción, sin que su cabello y barba evidenciaran ningún cambio reciente.

Se ordenó con urgencia la declaración en cámara gesell de los menores, que a esta altura ya eran 25, como así también pericias psicológicas y psiquiátricas. Para los casos en que se había denunciado algún tipo de acceso carnal y lesiones, se dispusieron también pericias médicas que serían realizadas por especialistas en ginecología.

Habiendo llegado a este punto, creo importante recordar lo que tratamos en un artículo anterior sobre la evaluación de menores víctimas de abuso sexual. En aquella publicación decíamos, esencialmente, que en muchas ocasiones las denuncias por delitos sexuales cometidos en perjuicio de menores de edad son realizadas como consecuencia de que el niño comunica los hechos de abuso a diversas figuras significativas de su entorno y no sólo a alguno de sus padres.

Así es que muchas veces comienzan de esta manera los múltiples interrogatorios que practican sus familiares, maestros, profesionales de los gabinetes psicopedagógicos escolares y, también en algunos casos, se realizan evaluaciones psicológicas por el profesional que pudiera estar a cargo del tratamiento psicoterapéutico del niño.

Con respecto a todas estas posibilidades, debe tenerse presente y en cuenta que los repetidos e inadecuados interrogatorios y evaluaciones son susceptibles de producir distorsiones de importancia que serán capaces de afectar notablemente la validez de la declaración del menor en el momento de relatar los acontecimientos a los peritos designados para su actuación en Cámara Gesell.

Las evaluaciones previas a las que se realizarán en sede judicial deben ser realizadas evitando repeticiones innecesarias, inducciones, preguntas sugestivas, promoviendo el relato libre del menor, siendo por lo tanto una tarea que requiere mucho más que una voluntad de saber por parte de las figuras del entorno de la supuesta víctima.

La validez de una declaración se relaciona con la inmediatez con que se toman los testimonios y se realizan las evaluaciones periciales, ya que los interrogatorios reiterados, las evaluaciones inadecuadas y hasta el pensamiento constante sobre los acontecimientos resulta en la disminución de las diferencias entre lo imaginado y lo efectivamente percibido y vivenciado. De más está decir que las evaluaciones inapropiadas también suelen conducir a conclusiones erróneas.

Así es que toda entrevista de evaluación preliminar no debe ser realizada por los padres del menor, ni por el terapeuta del niño, ni por los profesionales que integran el equipo psicopedagógico escolar. La entrevista que debe administrarse no tiene las características de una entrevista con fines psicoterapéuticos sino que debe realizarse conforme a un protocolo estructurado, como el Protocolo del NICHD, el cual fue elaborado específicamente para obtener el relato, libre de sesgos, de los menores víctimas de delitos sexuales.

De acuerdo a la Psicología Del Testimonio, las descripciones de eventos que han sucedido realmente difieren en contenido, calidad y expresión de aquellas otras que son producto de la imaginación, de la invención, de la sugestión, o de la inducción realizada por terceros.

Antes de pasar a tratar lo esencial de las entrevistas de declaración en Cámara Gesell y las Pericias Psicológicas realizadas, adelantamos a los lectores que las pericias médicas no proporcionaron ningún signo o indicio de lesiones que fueran compatibles con las que se habían denunciado.

Llegados a esta parte del artículo resulta importante señalar que, al tratarse de una causa en la que las supuestas víctimas eran menores de edad, se imponen algunas limitaciones respecto de lo que puede publicarse. Por este motivo, evitaremos revelar cualquier información por medio de la cual sea posible identificar a cualquiera de ellos.

Para referirnos específicamente a las declaraciones de los menores en Cámara Gesell comenzaremos diciendo que la mayoría de las entrevistas fue administrada en forma adecuada, motivo por el cual adherimos a la metodología instrumentada por los peritos oficiales.

Muchas de las declaraciones no confirmaron los hechos que se habían denunciado, y por lo tanto también suscribimos en coincidencia muchos de los informes presentados por los peritos oficiales designados. Nuestros informes ampliatorios tuvieron, en estos casos, la finalidad de proporcionar la mayor consistencia a las conclusiones vertidas en los dictámenes.

En otras declaraciones, tal como era esperable, nos encontramos con relatos diferentes, ya que los mismos comenzaban confirmando los actos exhibicionistas y abusivos que se habían denunciado, pero luego, ante preguntas tan simples, genéricas y neutras como “¿vos lo viste?, ¿vos lo escuchaste?, y similares, la respuesta de algunos niños era “no, me lo dijo mi mamá” o “me lo contaron mi mamá y mi papá”.

De esta manera resultaba evidente la existencia de una influencia de terceros en los relatos que proporcionaban algunos de los menores. Estas narraciones se mostraban como una consecuencia de evaluaciones e interrogatorios tan prolongados y repetidos como inadecuados. En algún caso también aparecían palabras que implicaban el uso de metáforas y simbolismos que excedían las capacidades propias del estadio evolutivo en el que se encontraban estos niños. Así es que, al ser interrogados por el significado de estos términos, las respuestas daban cuenta de una incomprensión que era normal para la edad. En estos casos nuestra tarea fue la de incluir en los informes un completo análisis del relato por medio del S.V.A.-C.B.C.A., destacando que la narración no cumplía con ninguno de los criterios de realidad de la técnica.

Algunos otros niños proporcionaron una declaración que incluía contenidos completamente inverosímiles y contrarios a toda lógica. Algunos relatos se encontraban impregnados de contenidos provenientes de la fantasía, y en otros nos confrontábamos con la posibilidad de fabulación: al profesor lo habían matado.

Se podía suponer que una eventual fabulación no iba a ser señalada por ninguno de los peritos oficiales, de manera que en algunos de estos informes fue necesario explicar con suficiente claridad lo que podía observarse respecto de estas narraciones. En este punto creo que es importante recordar al lector los siguientes conceptos y definiciones:

El destacado Jean Piaget indica que las “Respuestas Fabuladas” son una de las posibles clases de respuestas proporcionadas por un niño en una entrevista, caracterizadas porque son aquellas respuestas que el niño, sin reflexionar, contesta inventando una historia en la que no cree; a la vez que sostiene que antes de los 6 años, el niño no distingue entre mentira, actividad lúdica y fabulación. Lentamente, después de los 8 años, la mentira adquirirá su dimensión intencional. Entre estas dos etapas, con prevalencia de la actividad lúdica, de la fabulación y de la imaginación antes de los 6 años y la mentira intencional después de los 8 años, se sitúa un período en el que lo verdadero y lo falso son percibidos, pero en el que la mentira se confunde con el error.

Por su parte, el Dr. Néstor Stingo cita en su “Diccionario de Psiquiatría y Psicología Forense” los siguientes conceptos en la definición de la fabulación: “…Dupré denominó fabulación infantil a la creación espontánea imaginativa, seguida del correspondiente relato de acontecimientos o episodios novelescos que el menor efectúa con natural aplomo ante el auditorio familiar, escolar o judicial sin finalidad utilitaria y por exclusiva vanidad. En todos los menores existe una cierta dosis de fabulación fisiológica, que en los primeros años se observa con la creación de un amigo imaginario o los relatos de la vida cotidiana que adornan con singulares y peculiares argumentos imaginativos. Este tipo de actividad mítica va despareciendo paulatinamente a medida que se instala la capacidad judicativa, que tiene lugar a los 7 u 8 años de edad. Si dicha actividad persiste en la adolescencia y la edad adulta, estamos en presencia de la mitomanía, en la cual siempre existe un fin utilitario y es permanente…”

Habíamos comenzado diciendo que la mayoría de las entrevistas había sido administrada en forma adecuada, pero no podemos dejar de señalar que no faltaron algunas en las que no nos fue posible estar de acuerdo con la metodología utilizada. En ellas se podía ver que se introducían contenidos que no habían sido mencionados por el menor y preguntas que se repetían aun cuando el niño ya había respondido. Sabemos que esto puede conducir a que un menor cambie su respuesta por suponer que no proporcionó la “correcta” o la que el adulto espera de él. Así lo señalamos en nuestros informes y formulamos las críticas necesarias acerca de la metodología aplicada por el perito oficial.

Tal vez algunos lectores se hayan preguntado acerca de las conclusiones de los peritos de parte de la querella. Respecto de ello diremos que estas designaciones fueron la excepción, ya que para la mayor parte de las presuntas víctimas no se propusieron peritos de parte.

No obstante ello, en algunos de los casos encontramos análisis y conclusiones que no pudimos dejar de considerar como altamente sesgadas. Los fuertes indicadores de una influencia de terceros en la construcción de algunos relatos, los antecedentes de interrogatorios que se prolongaron durante largas horas, sin la utilización de protocolos destinados a la investigación de víctimas de abuso y sin la asistencia de profesionales capacitados para aplicarlos, condujeron a una disidencia con las conclusiones de los otros peritos.

No podía encontrarse en ninguno de los informes que se hubieran analizado los contenidos de estas narraciones de acuerdo a los criterios de realidad del C.B.C.A., y un detallado análisis proporcionaba una conclusión diferente: el relato era inverosímil, y así lo manifestamos en nuestros informes.

Con respecto a las pericias psicológicas que se practicaron a los menores, en todos los casos coincidimos con la metodología de los peritos oficiales. Se realizaron entrevistas informativas a los padres, entrevistas a los menores, y se administraron técnicas de psicodiagnóstico adecuadas para la edad de las supuestas víctimas. Así es que los psicodiagnósticos incluyeron el Dibujo Libre, la Hora De Juego Diagnóstica, el CAT-A y, en algunos casos, también se utilizaron títeres.

Si bien no se evidenciaron indicadores de que los niños presentaran algún cuadro postraumático en ninguna de las técnicas, no faltaron algunas interpretaciones tan particulares como las que señalamos respecto de algunas Cámaras Gesell, tanto por parte del perito oficial como en las conclusiones del perito de la querella. Cinco años después, y en un extenso debate, reiteramos y ratificamos estas observaciones ante el Tribunal Oral.

En virtud de ello, no sólo debimos plantear nuestra disidencia sino también formular observaciones sobre una conclusión que consideramos carente de todo fundamento:
por un lado se indicaba que se deben considerar los criterios de evaluación de credibilidad del testimonio, pero por otro lado podía verse que en el informe que cuestionábamos estos criterios no se habían aplicado.

Señalamos también una serie de contradicciones, como así también la narración de acontecimientos que, aun siendo inverosímiles, habían sido ignorados en esta característica por los otros profesionales. Cabe destacar que algunas de estas observaciones fueron incluidas en los fundamentos de la sentencia por la cual el imputado resultó sobreseído.

Nos resta referirnos a algo que enunciamos al comienzo de este artículo cuando hicimos un breve resumen de los acontecimientos. Más de una vez se había mencionado que algunos de los menores habían vivenciado los actos abusivos como un juego. Podía advertirse que uno de los efectos que se había producido a lo largo del tiempo, de las conversaciones, de las imágenes publicadas en las redes sociales, las asambleas, los mensajes por Whatsapp, etc., era un efecto de certeza.

¿Consideraban los denunciantes que existía la posibilidad de que en realidad no hubiera sucedido nada de lo que se había denunciado?

Podía inferirse que se consideraba que aquellos actos “tenían que ser la verdad”, ya que admitir una realidad diferente parecía suponer que los niños habían mentido.

Pero lo que nosotros encontramos no fueron “mentiras”, sino contenidos que habían provenido del entorno de los menores los cuales, en algunos casos, también habían incorporado elementos del mundo de la fantasía y/o de una fabulación normal para la edad y estadio evolutivo que se encontraban atravesando.

Para finalizar debemos destacar el peligro que representan las evaluaciones inapropiadas, los interrogatorios que se prolongan más allá de lo que puede concebirse en forma racional, las acusaciones apresuradas y los prejuicios.
Hay errores que pueden y deben evitarse porque tienen consecuencias. Si bien las redes sociales son útiles también pueden enredar; y las aplicaciones como Whatsapp proporcionan la posibilidad de una comunicación instantánea, pero en los casos como el que hoy nos ocupa hay que poder detenerse y pensar; detenerse y recurrir a los profesionales que pueden hacer una evaluación objetiva que permita arribar a un verdadero saber.

Puede hallar permisos más allá de los concedidos con esta licencia en http://www.safecreative.org/user/1207070641723


16/9/19

La Realidad Y La Fantasía En El Trauma De Seducción Por Un Adulto


Freud sostiene que tanto en las neurosis traumáticas como en las neurosis de transferencia (neurosis histérica, neurosis fóbica y neurosis obsesiva) los pacientes se encuentran fijados al trauma y que por este motivo se repite el fragmento de la vida que fue penoso.
Define al trauma como una cantidad de excitación que excede la capacidad del sujeto para controlarla y derivarla psíquicamente y, respecto de las neurosis traumáticas, señala que ante un suceso se produce una afluencia tal de excitación que el aparato psíquico no puede tramitar las excitaciones según el principio de constancia. Por este motivo, este aflujo de excitación obliga al aparato anímico a realizar una tarea que está más allá de este principio y que consiste en ligar la excitación de forma que sea posible la descarga. La repetición en los sueños en que el sujeto revive la situación traumática es atribuida a la compulsión de repetición.
Con respecto a las neurosis de transferencia Freud le va a dar dos tiempos a la acción del trauma: un primer momento es en la sexualidad infantil y el segundo momento es posterior a la pubertad. En una primera escena, llamada de seducción, el niño sufre una tentativa sexual por parte de un adulto sin que esta escena sea penosa cuando transcurre. La primera escena se tornará penosa con posterioridad a la pubertad y a partir de una segunda escena que la evocará por algún rasgo asociativo confiriéndole un valor traumático. Lo traumático no es la escena misma sino su recuerdo, y es por este motivo que Freud va a decir que las histéricas sufren de reminiscencias.
También con respecto a las neurosis de transferencia, en una primera época Freud consideraba al trauma como un hecho acontecido, suponía que sus pacientes habían experimentado determinadas situaciones que provocaban el trauma. Estas situaciones eran de carácter sexual y el trauma era el de seducción, pero con posterioridad a esto le escribe una carta a Fliess en donde le dice “mis neuróticas me mienten”.
Freud se encuentra con que lo traumático no tiene que ser un hecho que haya ocurrido necesariamente, sino que lo traumático puede ser una fantasía, y es entonces cuando le otorga veracidad a la mentira: estas mentiras tenían realidad psíquica, no importaba si el hecho hubiera o no acontecido, lo que importaba era el valor de verdad de estas fantasías y el efecto que tenían en sus pacientes. Un hecho o una fantasía cobra brillo a partir de lo actual, es decir que algo pasó, pensó o imaginó durante la infancia y cuando en la actualidad de la vida adulta acontece algo que se liga asociativamente con la escena anterior, la primera se torna traumática. Lo que hace el factor desencadenante es encadenar algo que había quedado, y no se trata necesariamente de un acontecimiento real.
El concepto de realidad psíquica refiere a una realidad regida por el deseo, y a partir de que Freud se encuentra con estas “verdades falsas” también se encuentra con que hay determinadas fantasías que se repiten y a las que llama fantasías primitivas, originarias, primordiales o protofantasías, entre las cuales se encuentra la fantasía de seducción por un adulto que responde al enigma del origen de la sexualidad.
Si bien la realidad psíquica refiere a lo que es una verdad de ese sujeto, resulta obvio que fantasía y realidad no pueden homologarse fuera de un contexto terapéutico, y menos aún en un contexto judicial en el que un otro termina involucrado ya no en una escenificación de deseo sino en una acción delictiva.
De acuerdo a la Ley 25.852 que introdujo en el Código Procesal Penal de la Nación con el art. 250 bis el procedimiento de Cámara Gesell, los menores de hasta 16 años deben prestar su declaración una única vez, la cual debe ser grabada en audio y video, con la finalidad de evitar la posibilidad de que se produzca una revictimización originada en múltiples declaraciones e interrogatorios. La entrevista debe ser realizada exclusivamente por profesionales de la psicología, específicamente por los peritos psicólogos oficiales que integran el Cuerpo Médico Forense en el ámbito de la justicia nacional o las Asesorías Periciales Departamentales y Cuerpos Técnicos Auxiliares en el caso de la jurisdicción provincial. Tanto la defensa como la querella o particulares damnificados pueden designar peritos de parte, quienes siempre se encontrarán en el recinto contiguo al consultorio donde se realiza la entrevista al niño, y por lo tanto podrán seguir el desarrollo del relato que la supuesta víctima realice.
En lo que refiere específicamente a las entrevistas destinadas a la investigación de abuso sexual de menores, es de primordial importancia que la misma sea realizada conforme a un protocolo desarrollado con esta finalidad como el del NICHD, el cual constituye un instrumento capaz de reducir a un mínimo la posibilidad de inducciones y sesgos en los contenidos obtenidos, los cuales también deberán ser analizados de acuerdo a la Psicología del Testimonio.
En la tarea pericial de analizar la credibilidad de las declaraciones obtenidas en cámara gesell resulta de importancia fundamental aplicar, por un lado, los criterios de técnicas como el SVA-CBCA, pero sin que esto signifique dejar de tener en cuenta aquellos recursos con los que también se puede llegar a un mejor discernimiento respecto de una verdad real.
Esta tarea tiene que ver con poder escuchar diferencias y con tener presente que en una neurosis traumática es el mismo trauma el que posee la parte determinante en el contenido de los síntomas. Así como Freud le da dos tiempos a la acción de un trauma, también señala que existe una relación de complementariedad entre esos dos momentos y que, en el caso de las neurosis infantiles, no hay un diferimiento temporal y la enfermedad se contrae como consecuencia directa de la vivencia traumática.
Estas diferencias remiten a las que también surgen en la clínica de lo traumático: cuando en las neurosis de transferencia se produce una emergencia de un sueño de angustia el sujeto asocia en análisis y por lo tanto se lo puede trabajar como cualquier otro sueño. La presencia de angustia insta al trabajo en análisis y puede verse que muchas veces el paciente está esperando el momento de la sesión para contarlo y elaborar esto que se presenta en su sueño. En el caso de los sueños propios de las neurosis traumáticas no hay asociaciones, siempre aparece lo mismo: el sujeto lo refiere directamente a la vivencia traumática que ha atravesado.

Bibliografía de Referencia:
Freud, Sigmund, Obras Completas
Laplanche y Pontalis, Diccionario de Psicoanálisis
UAJFK – Psicopatología I, Psicología Profunda I, Psicología Clínica.

Esta obra cuyo autor es Lic. Germán G.De Stéfano está bajo una licencia deReconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional de CreativeCommons.
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2/9/19

Evaluación Preliminar De Menores Víctimas De Abuso Sexual: SVA-CBCA – Pata Negra – CAT-A, CAT-H, CAT-S

En muchas ocasiones las denuncias por delitos sexuales cometidos en perjuicio de menores de edad son realizadas como consecuencia de que el niño comunica los hechos de abuso a diversas figuras significativas de su entorno y no sólo a alguno de sus padres.
Así es que muchas veces comienzan de esta manera los múltiples interrogatorios que practican sus familiares, maestros, profesionales de los gabinetes psicopedagógicos escolares y, también en algunos casos, se realizan evaluaciones psicológicas por el profesional que pudiera estar a cargo del tratamiento psicoterapéutico del niño.
Con respecto a todas estas posibilidades, debe tenerse presente y en cuenta que los repetidos e inadecuados interrogatorios y evaluaciones son susceptibles de producir distorsiones de importancia que serán capaces de afectar notablemente la validez de la declaración del menor en el momento de relatar los acontecimientos a los peritos designados para su actuación en Cámara Gesell.
Las evaluaciones previas a las que se realizarán en sede judicial deben ser realizadas evitando repeticiones innecesarias, inducciones, preguntas sugestivas, promoviendo el relato libre del menor, evaluando su nivel cognitivo, su capacidad para distinguir entre verdad y mentira, su habilidad verbal y para reconocer cantidades, temporalidad, conceptos relacionados con la ubicación de objetos en relación a otros, capacidad para identificar prendas de vestir, partes del cuerpo, etc.
La calidad del testimonio se relaciona con la exactitud, cantidad y relevancia de la información aportada, como así también su resonancia afectiva, y existe una diferencia entre los recuerdos derivados de sucesos internos de aquellos que se derivan de sucesos externos, es decir que existen diferencias entre los recuerdos que son producto de la imaginación de los que se encuentran originados externamente por ser derivados de la percepción.
La validez de una declaración se relaciona con la inmediatez con que se toman los testimonios y se realizan las evaluaciones periciales, ya que los interrogatorios reiterados, las evaluaciones inadecuadas y hasta el pensamiento constante sobre los acontecimientos resulta en la disminución de las diferencias entre lo imaginado y lo efectivamente percibido y vivenciado.
Así es que toda entrevista de evaluación preliminar no debe ser realizada por el terapeuta del niño, ni por los profesionales que integran el equipo psicopedagógico escolar. La entrevista que debe administrarse no tiene las características de una entrevista con fines psicoterapéuticos sino que debe realizarse conforme a un protocolo estructurado, el cual fue elaborado específicamente para obtener el relato, libre de sesgos, de los menores víctimas de delitos sexuales.
De acuerdo a la Psicología Del Testimonio, las descripciones de eventos que han sucedido realmente difieren en contenido, calidad y expresión de aquellas otras que son producto de la imaginación, de la invención, de la sugestión, o de la inducción realizada por terceros.
El material obtenido debe ser analizado con la finalidad de verificar la presencia o ausencia de diversos Criterios De Realidad que en su conjunto conforman el CBCA, parte esencial de la técnica SVA, la cual debe aplicarse en su totalidad cumpliendo con los requisitos para una adecuada administración de la Entrevista y evaluando los aspectos considerados en la Lista De Validez.
Se trata de una técnica que no se encuentra estandarizada, lo cual no quiere decir que no posea una gran utilidad para calificar un relato como válido en la medida de que la técnica fundamental de cualquier evaluación psicológica, la entrevista, haya proporcionado los contenidos suficientes y necesarios para un análisis apropiado. Las limitaciones verbales y los estados de gran inhibición que pudiera presentar el niño van a constituir una dificultad para arribar a una conclusión que refleje la real validez del relato obtenido.
La administración de técnicas gráficas como el Dibujo Libre, Test De La Familia, Familia Kinética, H.T.P., Persona Bajo La Lluvia, etc. van a ser de utilidad para obtener un material proyectivo que se podrá relacionar con los contenidos de la narración de los acontecimientos en la entrevista, pero sin que esto signifique que deban analizarse este relato con la finalidad de formular ninguna hipótesis interpretativa. Recordemos que no se trata de una entrevista psicoterapéutica sino que se trata de una declaración.
De la misma manera, instrumentos diagnósticos como los tests temáticos Pata Negra – Patte Noire, y CAT-A, CAT-H, y el suplementario CAT-S pueden proporcionar una información de gran relevancia acerca del niño y de sus procesos psíquicos.
El test Pata Negra de Louis Corman es una técnica proyectiva temática compuesta por una serie de láminas que contienen escenas claramente definidas en su estructuración pictórica, las que representan distintas situaciones conflictivas correspondientes al desarrollo psicológico de niños de 6 a 12 años.
Es un test proyectivo, que se presenta con 16 láminas, realizadas por Paul Dauce, donde aparecen dibujos de dos cerdos grandes y tres más pequeños en diferentes actitudes, y cada lámina apunta a temas diferentes: Oralidad, Analidad, Sexualidad, Agresividad, Dependencia - independencia, Culpabilidad, Sexos invertidos, Padre Nutricio, Madre ideal.
El C.A.T.-A y el CAT-H de Leopold Bellak investigan dificultades en la alimentación (orales), complejo de Edipo, rivalidad, escena primaria, masturbación, agresión, culpa y castigo, la respuesta de los padres frente a las distintas conductas, miedos, hábitos, analidad, interacción familiar, etc. Se busca encontrar respuesta a la modalidad de reaccionar del niño frente a sus problemas de crecimiento.
El material del C.A.T.-A consiste en 10 láminas, dos de ellas son escenas genuinas, las demás están ligeramente antropomorfizadas, mientras que el CAT.H muestra las mismas escenas con personajes humanos.
El C.A.T.-S que es el suplemento, también son 10 láminas, numeradas de 1 a 10 todas con escenas de animales que tienen distinto grado de antropomorfización; explora determinadas situaciones conflictivas que si bien no son tan generales resultan frecuentes: como accidentes, situaciones traumáticas, intervenciones quirúrgicas (momento previo y posterior), problemas de aprendizaje, roles parentales, narcisismo, interacción y competencia entre pares, el lugar del varón y el de la mujer, el origen de los niños, el médico, la medicina y las enfermedades, la castración, violencia, abuso sexual, violación, etc.
Se puede elegir la o las láminas del C.A.T.-S que se consideren importantes para agregar al administrar el C.A.T.-A o el C.A.T.-H según el caso, por ejemplo, si se trata de posibles problemas escolares, agregaremos la número 2. Si se trata de problemas de salud, las láminas 5 y 8, siendo la lámina 9 de un gran valor para algunos casos de abuso, especialmente intrafamiliar.

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14/4/18

Evaluación De La Validez De Declaraciones En Causas Por Abuso Sexual De Menores (Cámara Gesell)



La evaluación de la validez de las declaraciones SVA (Statement Validity Assessment) es la técnica más empleada para evaluar la veracidad de las declaraciones verbales y fue desarrollada para valorar las declaraciones verbales de los niños que habían sido víctimas de abuso sexual.

El SVA está formado por tres componentes que son:

1) Entrevista estructurada con la víctima

2) El Análisis Del Contenido Basado En Criterios CBCA que evalúa el contenido de la declaración

3) La integración del CBCA con la información de un set de peguntas denominada lista de validez.

De esta manera, el CBCA se aplica al contenido de la declaración para determinar si su calidad y contenidos son indicadores de una narración generada a partir de registros de memoria o si son producto de la invención, la fantasía o la influencia de otra persona.

Debido a las frecuentes falsas denuncias por abuso sexual que algunos padres realizan en contra del otro con la finalidad de apartarlos de los hijos, es importante que se apliquen técnicas destinadas a la evaluación de la validez de las declaraciones.

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14/9/16

(Abuso Sexual) - Indictment: The McMartin Trial (1995) - Acusados: El Caso McMartin

Indictment: The McMartin Trial (1995) - Acusados: El Caso McMartin
Una película de interés para abogados, fiscales, magistrados y peritos que se encuentren dedicados a la evaluación de la credibilidad de declaraciones de menores en cámara gesell en causas por abuso sexual.