Por
el Prof. Dr. LUIS ALBERTO KVITKO Médico Especialista en Medicina Legal. Médico
Especialista en Psiquiatría. Profesor Titular, Cátedra de Medicina Legal y
Deontología Médica, Facultad de Medicina, Universidad de Buenos Aires. Director
de la Carrera de Médicos Especialistas en Medicina Legal de la Facultad de
Medicina de la Universidad de Buenos Aires. Secretario General Permanente de la
Asociación Latinoamericana de Medicina Legal y Deontología Médica e
Iberoamericana de Ciencias Forenses.
Quienes
tenemos largos años de actividad pericial realizando peritaciones en casos de
denuncias de abuso sexual en general, y en niños en especial, es decir,
contamos con formación sólida y vasta experiencia, asistimos en los últimos
años a un creciente incremento de casos en que las denuncias efectuadas son
indebidas, o lo que es más grave, falsas, en virtud de no existir tal tipo de
abusos. Y estas denuncias obedecen a varias causas: a) Exámenes físicos
practicados por médicos pediatras o clínicos que diagnostican lo que desconocen
y generan la preocupación de los padres del menor y obligan a estos a
denunciar. b) Exámenes físicos realizados por médicos legistas que se
desempeñan como médicos oficiales de la Policía o de la Justicia (forenses) que
no obstante ser especialistas en Medicina Legal no tienen los conocimientos
básicos ni la necesaria experiencia para realizar este tipo de experticias. En
ambos casos (a y b) se confunden lesiones provocadas por mala higiene, por
empleo de pañales o por diversas patologías médicas con las que obedecen
específicamente a cualquiera de las formas de abuso sexual. c) Exámenes
psicológicos que llevan a cabo licenciados en psicología que pueden llegar a
conclusiones erradas por diversas razones, ya sea por desconocer las técnicas
y/o carecer de los conocimientos necesarios e imprescindibles para practicar
este tipo de evaluaciones, o por aceptar lisa y llanamente “que los niños nunca
mienten”; o por contaminar a los examinados por desconocimiento de la manera en
que deben proceder durante el examen; por no realizar las entrevistas en cámara
Gesell y realizar su videofilmación; por no realizar test de valoración de la
credibilidad del testimonio infantil, por ejemplo el CBCA-SVA o la prueba de
credibilidad de las declaraciones GEA-5. La peritación psicológica tiene un
objetivo claro y preciso, cual resulta ser realizar el análisis del relato
verbal, con la finalidad de diferenciar a quienes manifiestan una verdadera
declaración originada en una experiencia realmente acaecida, que se caracteriza
por sus precisas características respecto de los menores que efectúan un relato
que ha sido fabricado por terceros. No se debe olvidar de la existencia de un
factor de extrema importancia, cual resulta ser la sugestionabilidad de los
menores. También se debe tener presente que cuando los menores, por influencia
de su madre u otras personas son aleccionados y obligados a aprender lo que es
una mentira, ante la reiteración de la misma, terminan por aceptarla y
expresarla como si fuera una absoluta verdad, o sea una experiencia realmente
vivida por ellos. d) A los numerosos errores provenientes de las experticias
practicadas por médicos y/o por psicólogos que no acreditan la suficiente
idoneidad profesional necesaria o más aun, imprescindible para este tipo de
evaluaciones se agregan otras causas que acrecientan las falsas denuncias de
abuso sexual infantil. Se trata de las que realizan las madres que se
encuentran en litigio con los padres de los niños, sea por existir un juicio de
divorcio, la tenencia de los hijos, o la solicitud del régimen de visitas por
parte del padre o por tratarse de un juicio que persigue el cobro de los
alimentos que debe pagar el padre. En estos casos, las madres adoptan una
actitud calamitosa, degradante, hartamente inmoral, al obligar a sus hijos
menores de edad a mentir y llevarlos a experticias psicológicas o medicolegales
y exponerlos en ellas a lograr mediante la ruinosa denuncia de un hecho falso,
a acusar a sus padres y tratar de obtener una sentencia judicial adecuada a sus
pretensiones. Esta tristísima realidad logra en algunas ocasiones obtener el
fin perseguido, con el enorme perjuicio que provocan en el padre acusado y lo
que es peor aún, con las inevitables consecuencias que en el futuro gravitarán
el la salud de los hijos. Pero, todo esto no es nuevo, no obstante estar en
crecimiento continuo, sin que existan diferencias sociales, económicas ni
educativo-culturales en quienes denuncian y quienes son denunciados. Ya en la
segunda mitad de siglo XIX el maestro de Berlín, J.L.Casper, en su Tratado de
Medicina Legal, traducción española de 1884, Madrid, expresa: “En esta
importante cuestión, cuando tan expuesto se está a multitud de motivos de
error, por la insuficiencia de las pruebas, y por las falsedades de los
individuos sometidos a la exploración, debo insistir en la importancia del
diagnóstico psicológico. Desde luego se debe sorprender a la mujer, o la niña
violada, a fin de que no le sea posible la preparación, y seguir atentamente el
relato de los acontecimientos, para ver si hay en él contradicciones. Teniendo
presente que clase de personas exploramos se podrán hallar indicios muy
interesantes y hasta decisivos” “Considero de una gran importancia el
diagnóstico psicológico, cuando se trata de niñas que se dicen violadas… Es
también muy importante no asediar a la niña con preguntas demasiado
apremiantes, que concluirían por hacerla confesar lo que no es. Antes por el
contrario, se debe dejar, tanto a ella, como a su madre, toda la mayor libertad
posible, para que no depongan más de lo que saben. Con bastante frecuencia he
escuchado niñas de carácter petulante, que recitaban con la mayor frescura, la
historia de una violación llena de detalles los más minuciosos y horribles, y
era, sin embargo, fácil ver, sin necesidad de mucha sagacidad, que todo era una
lección aprendida. En estos casos, mi exploración estaba siempre de acuerdo con
mis sospechas”. “En cierto caso una joven decía haber sido acometida y violada,
yendo a vender pescado a un jardín. Llevaba al brazo un canasto sin tapadera, y
se vio, que en el lugar indicado, no se había caído el canasto, ni uno sólo de
los pescados”. Por su parte, V. Balthazard, el ilustre maestro francés, a
inicios del siglo XX en su Manual de Medicina Legal, traducción española de
1926, Barcelona, refiere: “Hemos visto varias veces acusaciones sostenidas por
niñas contra sus propios padres, instigadas a ello consciente o
inconscientemente por su madre, que en tal caso encontraba un valioso apoyo en
la instancia de divorcio que había presentado. Fuera de estos casos en los que
la mentira de la niña le es sugerida, por decirlo así, por las personas que la
rodean, nos encontramos frecuentemente en presencia de mentiras activas de las
niñas. Como ha demostrado Dupré, es un error creer que la verdad sale de la
boca de los niños. La construcción de relatos imaginarios, que puede llamarse
fabulación o también mitomanía, es mucho más frecuente en la infancia de lo que
ordinariamente se cree. Cuando un niño ha dicho una mentira la reproduce luego
sin cambiar un sólo detalle en su relato, de una manera estereotipada”. ”En un
peritaje que nos fue confiado, demostramos materialmente el carácter mentiroso
del relato de una niña de cinco años que acusó de violación a cierto individuo
únicamente por vanagloria. Oyendo hablar por niñas de más edad de unos
atentados al pudor que había cometido dicho individuo exclamó: “A mi también me
ha hecho lo mismo”. La mentira en la niña puede ser inconsciente, provocada por
terrores nocturnos, por prurito vulvar, por el recuerdo de conversaciones
obscenas, pero en general, se trata de una mentira que ha de servir de excusa a
alguna fuga, a faltas en la clase, etc.”. “La acusación no se tomaría en serio
muchas veces si la madre no presentara un certificado médico en el que se
afirma que las lesiones vulgares reconocen como causa de tocamientos obscenos.
¿Cuántas veces hemos visto descritos como equimosis, enrojecimientos debidos a
la suciedad o al onanismo? ¿Cuántas veces se ha afirmado la violación estando
el himen intacto? “Finalmente, se trata a veces de una mentira colectiva de
niños o de muchacha; así se ha visto acusaciones contra un maestro al que se
reprochaba su severidad. El Padre Bèrard (de Lyon) fue condenado en primera
instancia por haberse hecho masturbar en el confesionario por sus jóvenes
confesadas: Lacassagne demostró que, si el relato de los acusadores era exacto,
el pene del acusado debía tener de veinticinco a treinta centímetros de
longitud: el padre Bèrard fue absuelto en apelación”. Como se ha explicado, las
denuncias infundadas pueden responder a dos causas harto diferentes, unas por
ser producto de exámenes practicados por profesionales incompetentes, las otras
en razón de ser falsas y obedecer a un proceder doloso de parte de quienes las
efectúan. ^Por estos motivos es fundamental que quienes contamos con la
idoneidad que requieren estas experticias, ello es, formación, capacitación y
experiencia, debemos estar alertas en cada uno y en todos los casos en que se
nos llama para peritar en abuso de menores.